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Indemnizacion por accidente laboral baremo

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Las reclamaciones de proveedores médicos son disputas contractuales presentadas por proveedores médicos, y centros médicos. A menudo surgen de las reclamaciones de compensación de los trabajadores extraterritoriales donde un reclamante tiene algún tipo de tratamiento en Nueva Jersey. Nueva Jersey no tiene una lista de honorarios para los servicios médicos bajo su estructura de compensación de los trabajadores que utiliza el “estándar razonable y habitual”. Nueva York, en cambio, sí lo tiene. Los proveedores de servicios médicos y los centros de salud suelen intentar recuperar la diferencia entre la indemnización prevista en el baremo de honorarios y la norma “razonable y habitual” de Nueva Jersey, que suele ser mucho más elevada.

El Tribunal Supremo de Nueva Jersey ha establecido que el plazo de prescripción de las reclamaciones de los proveedores médicos es de seis años. Véase Plastic Surgery Ctr., PA v. Malouf Chevrolet-Cadillac, Inc., No. A-78/79/80, 2020 N.J. LEXIS 116, en *1 (3 de febrero de 2020).

Dado que el asunto está en apelación en Nueva Jersey, el mejor curso de acción es hacer que el abogado de la defensa responda a las reclamaciones del proveedor médico y negar en la respuesta el pago adicional por falta de jurisdicción. A continuación, el abogado defensor debe presentar una moción de desestimación por falta de jurisdicción. También es útil adjuntar el comprobante de pago de los servicios médicos.

No hay ninguna ley en Dakota del Sur que obligue a ningún empresario a tener un seguro de compensación laboral. Sin embargo, es muy recomendable. Un empleador sin seguro puede ser demandado en un tribunal civil por un trabajador lesionado.

El programa de compensación de trabajadores de Dakota del Sur para aquellos empleadores que deciden tener cobertura es un programa de seguro que paga beneficios médicos y de incapacidad por lesiones y enfermedades relacionadas con el trabajo.

Si quiere hacer una transferencia masiva de estos formularios, necesitará un ID de usuario, una contraseña y una prueba de transferencia inicial. Envíe un correo electrónico o llame a la División de Trabajo y Gestión al 605.773.3681 para concertar la prueba.

Otra opción para rellenar el Primer Informe de Lesiones (Formulario 101) es completar un archivo Adobe PDF rellenable en el ordenador, luego imprimirlo y enviarlo por correo, siguiendo las instrucciones de la página 2 del formulario.

La Oficina Ejecutiva de Salud y Servicios Humanos (EOHHS) tiene autoridad legal bajo M.G.L. c. 152, s. 13 y c.118E para establecer las tasas de pago para los hospitales y proveedores de atención médica para los servicios cubiertos por las aseguradoras y otros compradores bajo M.G.L. c. 152, la Ley de Compensación de Trabajadores.

El EOHHS analiza anualmente los detalles de los pagos de los hospitales y publica un factor de pago a cuenta (PAF) para cada centro. El PAF representa el porcentaje del precio total de una instalación que un pagador de compensación laboral está obligado a pagar si no se ha establecido ya otra tarifa. Para obtener una lista de los PAF de los hospitales de cuidados intensivos y no intensivos, haga clic en el siguiente enlace: PAFs de hospitales.

Los pagos por los servicios de restauración prestados por los centros enumerados en el siguiente enlace se efectúan con arreglo a 111 CMR 41.00 en lugar de 114.3 CMR 40.00: Centros de servicios de restauración de propiedad y/o gestión hospitalaria establecidos antes del 1 de julio de 1993

El EOHHS utiliza los mismos precios de los medicamentos recetados tanto para la compensación de los trabajadores como para Medicaid. Por lo tanto, las regulaciones de compensación de trabajadores (114.3 CMR 40.00) se refieren a la regulación de medicamentos recetados del EOHHS, 101 CMR 331.00. Para más información, consulte el Boletín Informativo #04-11.