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Prescripcion deuda comunidad propietarios

Código de familia 1610

El procedimiento de divorcio es la disolución de un contrato matrimonial. El dinero suele ser una parte importante de los procedimientos de divorcio. Además de los recursos y bienes corrientes que hay que dividir, también puede plantearse la cuestión de las obligaciones de deuda que un cónyuge pueda tener con el otro. Con frecuencia, las personas dejan de percibir el dinero que se les debe porque creen que ha pasado demasiado tiempo para cobrarlo. Tal vez se llegó a un acuerdo financiero antes de que comenzara el matrimonio y piensan que es demasiado tarde para hacer algo al respecto.

Es preferible que los acuerdos se hagan por escrito, pero un contrato verbal sigue siendo un contrato. Es posible que ni siquiera se dé cuenta de que el acuerdo financiero que hizo con su cónyuge es un contrato y que aún puede cobrarlo. Los acuerdos financieros pueden originarse antes, durante o después del matrimonio.

Hoy en día, la mayoría de las personas viven juntas antes de casarse. El hecho de vivir juntos crea un enredo financiero. Incluso si se mantienen cuentas separadas, hay acuerdos escritos o verbales sobre quién es responsable de pagar qué facturas o qué parte de las facturas pagará cada persona.

Es importante que responda lo antes posible si un cobrador de deudas se pone en contacto con usted por una deuda que no debe, que es por un importe incorrecto, que es por una deuda que ya ha pagado, o sobre la que quiere más información. Asegúrese de responder por escrito para impugnar la deuda. Si no lo hace, el cobrador puede seguir intentando cobrarle la deuda e incluso puede acabar demandándole por el pago.

Los cobradores de deudas pueden cobrar intereses, tasas, cargos u otros gastos de su deuda sólo si están expresamente autorizados por el acuerdo que crea la deuda o si están permitidos por la ley. Si usted lo solicita, el cobrador debe decirle cuánto le está cobrando y por qué. Para ello, envíe una carta al cobrador solicitando una explicación por escrito. Para ver un ejemplo de carta solicitando información sobre una deuda, consulte el documento del CFPB “¿Qué debo hacer cuando un cobrador de deudas se pone en contacto conmigo?”

No obstante las disposiciones de la subsección (a) de esta Sección o de cualquier otra ley, un distrito escolar que se haya acogido a las disposiciones de esta subsección (f) antes del 22 de julio de 2004 (la fecha de entrada en vigor de la Ley Pública 93-799) también puede emitir bonos aprobados por referéndum hasta una cantidad, incluyendo el endeudamiento existente, que no exceda el 25% del valor tasado igualado de la propiedad imponible en el distrito si se cumplen todas las condiciones establecidas en los puntos (1), (2) y (3) de esta subsección (f).

(p-30) Además de toda otra autoridad para emitir bonos, el Distrito Escolar Consolidado 46 de Prairie Grove puede emitir bonos con un monto principal agregado que no exceda los $30,000,000, pero sólo si se cumplen todas las siguientes condiciones:

(p-35) Además de toda otra autoridad para emitir bonos, el Distrito Escolar Consolidado de Prairie Hill puede emitir bonos con un monto principal agregado que no exceda los $13,900,000, pero sólo si se cumplen todas las siguientes condiciones: