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Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento

Modelo 130 complementario

11/Octubre/2021Solicitudes de aplazamiento especial de deudas tributarias por daños causados por las erupciones volcánicas en la isla de La PalmaInstrucciones para presentar, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, las solicitudes de aplazamiento del artículo 27 del Real Decreto-Ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para reparar los daños causados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma.

1.- Presentar la autoliquidación siguiendo los procedimientos habituales en los que aparecen las cantidades a pagar que el contribuyente quiere aplazar, marcando, como en cualquier aplazamiento, la opción de “reconocimiento de deuda”.

Recordamos que este tipo de aplazamiento sólo es admisible para las declaraciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso esté comprendido entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de enero de 2022, ambos inclusive, y sólo está disponible para los contribuyentes con domicilio fiscal en la isla de La Palma (Santa Cruz de Tenerife).

2.2.- Identificación.El acceso para presentar la solicitud de aplazamiento requiere la identificación con el certificado electrónico, DNIe o Cl@ve PIN del contribuyente.Si va a utilizar certificado electrónico o DNI, pulse el enlace “Acceso con certificado electrónico o DNI” y, si va a utilizar Cl@ve PIN, introduzca el DNI o NIE en la casilla correspondiente.

Este es un modelo de carta dirigida a sus acreedores en la que les explica que no puede seguir realizando pagos en este momento. Aunque no pueda hacer pagos en este momento, antes de usarla, asegúrese de saber cómo comunicarse eficazmente con sus acreedores.

Precaución: Este ejemplo de carta no sirve para todas las situaciones. También es importante que cuando se comunique con los acreedores utilice el término “supuesta deuda”. He aquí el motivo. Lea esta nota antes de utilizar este modelo de carta.

Le escribo para informarle de que mis ingresos actuales de [CPP, OAS, Pensión de Invalidez, Ayuda del Gobierno, etc.] no son suficientes para poder realizar ningún pago de mi supuesta deuda en este momento.

“(a) en relación con un anuncio, el precio al que el anunciante ofrece vender el producto a los clientes al contado o, si el anunciante no ofrece el producto a los clientes al contado, el precio al que el anunciante ofrece vender el producto a los clientes al contado; (” frais de courtage “)

(b) en relación con un anuncio, el precio al que el anunciante ofrece vender el producto a los clientes al contado o, si el anunciante no ofrece el producto a los clientes al contado, el precio indicado en el anuncio,

“garantía”: los bienes sobre los que un otorgante de crédito tiene un interés de garantía con el fin de garantizar el pago o el cumplimiento de las obligaciones de un prestatario en virtud de un contrato de crédito; (” biens grevés “)

“cargo por impago” significa un cargo impuesto a un prestatario -o a un arrendatario, en el caso de un arrendamiento- por el incumplimiento de un contrato de crédito o de un arrendamiento, o por el incumplimiento de cualquier otra obligación en virtud de un contrato de crédito o de un arrendamiento, pero no incluye los intereses de un pago atrasado; (” frais de défaut de paiement “)

“tipo variable”: un tipo de interés variable que se calcula con referencia a un tipo de índice; a estos efectos, un tipo de interés no deja de ser flotante por el mero hecho de estar limitado por un tipo mínimo o máximo o de estar fijado durante un período de tiempo con referencia a un tipo de índice en un momento determinado; (” taux variable “)