Reconocimiento de deuda entre particulares

Requisitos del reconocimiento de deuda

Un reconocimiento de deuda (“AOD”) es un acuerdo escrito entre un deudor y un acreedor en el que el deudor acepta que es inequívocamente responsable ante el acreedor de una suma de dinero.

Es una práctica habitual que el acreedor proponga al deudor la firma de un AOD que le permita devolver la cantidad adeudada al acreedor a plazos, cuando el acreedor ha exigido inicialmente el reembolso de la totalidad de la cantidad adeudada. Es posible que el deudor no pueda permitirse devolver la totalidad del importe en ese momento, por lo que un acuerdo de devolución a plazos se considera un beneficio para el deudor.

En el juicio sumario, un tribunal se limitará a considerar el documento líquido -el AOD firmado- como prueba (a primera vista) de que el deudor está en deuda con el acreedor y dictará sentencia contra el deudor. Con la sentencia en la mano, el acreedor puede obtener una orden de ejecución para embargar los bienes del deudor, que serán vendidos por el sheriff en una subasta pública.

Una cláusula estándar en un AOD es lo que se conoce como cláusula de aceleración. Esta cláusula permite al acreedor reclamar la totalidad del importe adeudado en caso de que el deudor no pague a tiempo alguna de las cuotas previstas en el DEA.

En su caso, estas escrituras pueden ser instrumentos muy útiles para evitar incurrir en importantes costes asociados a los litigios, ya que permiten al deudor evitar la necesidad de probar la existencia y el importe de la deuda.

Estas escrituras a menudo se preparan junto con un plan de pago respecto a una deuda e incluyen algún tipo de garantía u otro método de aseguramiento (por ejemplo, una garantía de seguridad, una advertencia o una garantía del director) a favor de un acreedor. Este es un aspecto esencial de dichas escrituras cuando exigen que el deudor se abstenga de ejecutar sus derechos de cobro.

Un reconocimiento de deuda (“AOD”) es un acuerdo escrito entre un deudor y un acreedor en el que el deudor acepta que es inequívocamente responsable ante el acreedor de una cantidad de dinero.

Es una práctica habitual que el acreedor proponga al deudor la firma de un AOD que le permita devolver la cantidad adeudada al acreedor a plazos, cuando el acreedor ha exigido inicialmente el reembolso de la totalidad de la cantidad adeudada. Es posible que el deudor no pueda permitirse devolver la totalidad del importe en ese momento, por lo que un acuerdo de devolución a plazos se considera un beneficio para el deudor.

En el juicio sumario, un tribunal se limitará a considerar el documento líquido -el AOD firmado- como prueba (a primera vista) de que el deudor está en deuda con el acreedor y dictará sentencia contra el deudor. Con la sentencia en la mano, el acreedor puede obtener una orden de ejecución para embargar los bienes del deudor, que serán vendidos por el sheriff en una subasta pública.

Una cláusula estándar en un AOD es lo que se conoce como cláusula de aceleración. Esta cláusula permite al acreedor reclamar la totalidad del importe adeudado en caso de que el deudor no pague a tiempo alguna de las cuotas previstas en el documento de deudores.