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Solicitud aplazamiento deuda seguridad social

Formulario w 2 de declaración de impuestos a la seguridad social de los empleados aplazados

Los propietarios de viviendas de la tercera edad que experimentan dificultades pueden aplazar total o parcialmente el pago de sus impuestos sobre la propiedad atrasados y futuros durante un período de tiempo fijo o indefinido. Pueden optar por pagar el 0% (aplazamiento total), el 25%, el 50% o el 75% de sus impuestos sobre la propiedad atrasados y futuros. Para obtener más información, incluidos los términos y condiciones, descargue una solicitud de la lista siguiente.

Los propietarios de viviendas pueden suscribir un plan de pago que limita sus pagos a un máximo del 8% de sus ingresos brutos ajustados. El plan puede incluir sólo el importe en mora o el importe en mora más los gastos previstos para el próximo año. Para obtener más información, incluidos los términos y condiciones, descargue una solicitud de la lista siguiente.

Los propietarios de viviendas que experimentan circunstancias atenuantes pueden entrar en un plan de pago que limita sus pagos a un máximo del 8% de sus ingresos brutos ajustados mientras persiste la dificultad. El Departamento de Finanzas define las “circunstancias atenuantes” como el fallecimiento o la enfermedad grave del propietario o de un miembro de la familia inmediata, la pérdida de ingresos o la inscripción en el Programa de Asistencia a la Deuda del Agua del Departamento de Protección Medioambiental. Para obtener más información, incluidos los términos y condiciones, descargue una solicitud de la lista siguiente.

Animamos a todos los afiliados que reciban una factura a que aprovechen al máximo este nuevo y cómodo método de pago para satisfacer sus saldos de impuestos diferidos. El beneficio de utilizar este método de pago será evitar la emisión de un W-2C (Declaración de Salarios e Impuestos Corregidos). A los afiliados que no paguen se les emitirá un W-2C. El W-2C reflejará la cantidad no pagada como salarios adicionales sujetos al impuesto sobre la renta, lo que puede requerir que los miembros presenten una declaración de impuestos enmendada e incurran en honorarios de su preparador de impuestos.

El sistema de seguro de desempleo se aplica en Francia metropolitana, los Departamentos de Ultramar, San Pedro y Miquelón, San Bartolomé, San Martín y Mónaco. No se aplica a Mayotte, que tiene su propio sistema.

El régimen del seguro de desempleo se financia mediante las cotizaciones pagadas sobre los ingresos: con el límite de 4 veces el tope mensual de la seguridad social (13.712 euros en 2022). A partir del 1 de enero de 2019, sólo los empresarios cotizan al régimen del seguro de empleo. Se ha puesto fin a las cotizaciones de los trabajadores por cuenta ajena, salvo para los trabajadores contratados a corto plazo en el sector del espectáculo (“intermittents du spectacle”), los trabajadores asalariados en Mónaco y algunos empleados expatriados. El Estado también cotiza al seguro de empleo en sustitución de la cotización del trabajador, que se ha suprimido.

Las cotizaciones de desempleo se abonan al organismo de recaudación competente que determine la administración local de los trabajadores: La Urssaf en la metrópoli y la Caja General de la Seguridad Social (CGSS) en los departamentos de ultramar.