Capitulaciones matrimoniales separacion de bienes

Plantilla de acuerdo de propiedad marital

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§ 20-155. Los cónyuges pueden celebrar acuerdos entre sí con el fin de resolver los derechos y obligaciones de uno de ellos o de ambos, en la misma medida, con los mismos efectos y sujetos a las mismas condiciones que las previstas en los artículos 20-147 a 20-154 para los acuerdos entre futuros cónyuges, salvo que dichos acuerdos matrimoniales entrarán en vigor inmediatamente después de su ejecución. Si los términos de dicho acuerdo están (i) contenidos en una orden judicial refrendada por el abogado o las partes o (ii) grabados y transcritos por un taquígrafo judicial y afirmados por las partes en el acta personalmente, no se requiere que el acuerdo esté por escrito y se considera ejecutado. Una reconciliación de las partes después de la firma de un acuerdo de separación o de liquidación de bienes derogará dicho acuerdo a menos que se establezca expresamente lo contrario en el acuerdo.1987, c. 41; 1998, c. 638; 2003, cc. 662, 669.

Los acuerdos matrimoniales -también llamados acuerdos prenupciales y postnupciales- son herramientas de planificación flexibles que ayudan a las parejas que se van a casar o que ya están casadas, y que desean designar cómo deben dividirse sus bienes y deudas en caso de divorcio y/o fallecimiento.

Una de las razones más populares para tener un acuerdo de propiedad matrimonial es que usted está entrando en el matrimonio con activos significativos, tales como inversiones, bienes raíces o cuentas de jubilación. En caso de divorcio, puede designar previamente qué activos y deudas se asignarán a usted en el momento del divorcio en lugar de depender de las leyes de propiedad marital. En caso de que usted fallezca, puede determinar los bienes que le gustaría que fueran a parar a personas distintas de su cónyuge, como sus padres, hermanos u otros familiares.

Otra situación común para firmar un acuerdo de propiedad matrimonial sería si usted tiene hijos de una relación anterior. Con un acuerdo prenupcial, podría asignar los bienes que le gustaría que fueran a parar a sus hijos a su muerte. Asimismo, al proteger sus bienes en caso de divorcio, puede asegurarse de que su herencia será entregada a sus hijos y no se dividirá por la mitad a causa del divorcio.

En general, el tribunal dividirá todos los bienes adquiridos durante el matrimonio (bienes gananciales). Los tribunales reconocen que ambos cónyuges contribuyen a los bienes gananciales. Los ingresos son sólo un factor que los tribunales consideran. El tribunal puede dividir todos los bienes conyugales, independientemente de cuál de los cónyuges tenga la titularidad de los bienes o dónde se encuentren.

La ley de Utah requiere una división equitativa de los bienes conyugales. Equitativo significa justo, que no es necesariamente igual. Si las partes acuerdan como parte del divorcio o la anulación cómo dividir sus bienes, el juez debe revisar el acuerdo para asegurarse de que es justo. La división de los bienes no puede reabrirse después de que la orden sea definitiva, excepto en circunstancias limitadas.

Decidir lo que es una distribución justa de los bienes incluye varios factores, como la duración del matrimonio, la edad y la salud de las partes, sus ocupaciones, las cantidades y las fuentes de ingresos y asuntos relacionados.

En el caso de los matrimonios de corta duración, el tribunal puede volver a colocar a las personas en la posición económica que tenían antes del matrimonio. En otras palabras, él obtiene lo que era suyo al principio del matrimonio, y ella lo que era suyo.