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Cuando se puede renunciar a una herencia

Derecho sucesorio alemán sin testamento

Hay varias razones por las que una persona puede renunciar a los derechos de una herencia. Los bienes heredados pueden estar sujetos a impuestos federales o estatales, o a ambos, según el valor en efectivo de la herencia. Por otra parte, el heredero puede considerar oneroso o inconveniente el mantenimiento de los bienes u otros valores heredados.

Una renuncia general a todos los beneficios relacionados con el patrimonio del difunto es apropiada. Sin embargo, si se enumeran algunos artículos específicos, o si el heredero tiene derecho a algún artículo específico, la renuncia debe enumerar los detalles.

Los impuestos federales sobre el patrimonio, los impuestos estatales sobre el patrimonio y los impuestos estatales sobre la herencia se deben pagar generalmente unos nueve meses después de la fecha de la muerte. Los impuestos se calculan en función del valor imponible del patrimonio, y los impuestos sobre el patrimonio y la herencia deben pagarse antes de distribuir los bienes a los beneficiarios.

Los impuestos federales sobre el patrimonio no se deben pagar si el patrimonio imponible está por encima de los umbrales especificados. A partir de 2020, los patrimonios valorados en menos de 11,58 millones de dólares no estaban sujetos a impuestos federales. Dieciocho estados y el Distrito de Columbia imponen impuestos sobre el patrimonio.

Cuando un tribunal sucesorio se ocupa de testamentos, fideicomisos y herencias, la ley exige que las partes interesadas en el procedimiento (los beneficiarios) reciban una notificación adecuada. El propósito de las leyes de notificación adecuada es garantizar que las partes interesadas conozcan el proceso y tengan la oportunidad de asistir y participar en una audiencia inicial. Si bien esto es importante, la programación de una audiencia requiere un proceso testamentario formal y puede alargar significativamente la cantidad de tiempo necesaria para completar el proceso testamentario y distribuir los bienes de un difunto.

Si bien su reacción inicial a la renuncia a la notificación puede ser cautelosa, la solicitud es un procedimiento de rutina para los procedimientos sucesorios. En aras del tiempo y la eficiencia, a menudo se pide a los beneficiarios que firmen una renuncia para que el tribunal testamentario no tenga que programar una audiencia inicial o proporcionar notificaciones continuas de los procedimientos.

Cuando un beneficiario firma una renuncia a la notificación, da su consentimiento al representante personal designado por el tribunal (es decir, el albacea) y acepta renunciar a la audiencia inicial. Aunque la firma de la renuncia a la notificación afirma implícitamente la validez del testamento, no renuncia al derecho de la parte interesada a impugnar el testamento o las acciones del representante personal durante la sucesión.

El Impuesto de Transferencia de Herencias de Nueva Jersey es un gravamen sobre todos los bienes que posea el difunto a la fecha de su muerte por un período de 15 años, a menos que el impuesto se pague antes o se garantice con una fianza. El gravamen existe tanto si el impuesto se recauda y evalúa como si no.

La ley exige que, con ciertas excepciones, las instituciones bancarias y otras instituciones, corporaciones y personas deben recibir un consentimiento por escrito (es decir, una exención de impuestos) del Director de la División de Impuestos antes de entregar o transferir cualquier activo de un difunto residente a un beneficiario.

Las exenciones (formulario 0-1) sólo pueden ser emitidas por la Subdivisión de Impuestos sobre Sucesiones de la División de Impuestos de NJ. No es un formulario que pueda obtener en línea o rellenar usted mismo. En la mayoría de las circunstancias, se debe presentar algún tipo de declaración o formulario ante la División para que se emita una exención.

Todas las disposiciones de exención general son aplicables a las cuentas de corretaje. La institución de corretaje debe retener activos por un valor equivalente a la mitad del valor de la cuenta en la fecha de fallecimiento del difunto. Los activos retenidos no pueden ser liberados sin una exención fiscal. La institución puede liberar los activos que queden en la cuenta, sin una exención fiscal, a: