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Demanda de divorcio contencioso

Divorcio de mutuo acuerdo o de mutuo acuerdo

Un divorcio de mutuo acuerdo se produce cuando: (a) no hay desacuerdos entre usted y su cónyuge sobre ninguna cuestión financiera o relacionada con el divorcio (es decir, la custodia y la manutención de los hijos, la división de los bienes conyugales o la manutención del cónyuge); y (b) su cónyuge está de acuerdo con el divorcio, o no se presenta en la demanda de divorcio.

Es posible que usted solicite el divorcio pensando que el procedimiento no será impugnado, pero descubra más tarde que su cónyuge ha decidido impugnar (“pelear”) el caso. Si esto ocurre, es posible que desee consultar a un abogado, o puede proceder por su cuenta sin un abogado. En cualquiera de los dos casos, este paquete no debe utilizarse. Muchos de los formularios en el paquete se aplican solamente a los casos donde su esposo (1) consiente al divorcio; o (2) donde su esposo no parece oponerse al divorcio.

Usted no tendrá el beneficio de la experiencia y el asesoramiento de un abogado en lo que respecta a las cuestiones relacionadas con los procedimientos de divorcio, incluyendo, por ejemplo, la división de los bienes conyugales, la responsabilidad por las deudas conjuntas, la custodia y la manutención de los hijos, los beneficios del seguro, y las órdenes de protección o la ejecución de las disposiciones de la sentencia de divorcio que se ocupan de estas cuestiones.

Cuando las partes presentan una demanda de divorcio deben hacerlo bajo una de las “causas de acción”, es decir, el fundamento del divorcio.  La causa de acción más común en Nueva Jersey es la de las diferencias irreconciliables, que es la opción sin culpa del estado.  Simplemente establece que las diferencias han surgido en su matrimonio durante un período de al menos 6 meses y no hay posibilidad de reconciliación.  Si su cónyuge presenta una respuesta y una contrademanda, incluso si esa contrademanda también se basa en diferencias irreconciliables, usted tiene un divorcio impugnado.  La razón para impugnar un divorcio es, por lo general, proteger los derechos de ambas partes para solicitar diversas medidas de reparación que podrían estar a su disposición, como la manutención del cónyuge y de los hijos. En la mayoría de los casos, los divorcios se resuelven antes del juicio y las partes asisten a lo que se conoce como “audiencia de no impugnación” para divorciarse oficialmente.  He aquí algunos consejos para superar pacíficamente un divorcio impugnado:

El Tribunal, y sus abogados, le ofrecen muchas opciones para ayudar a resolver su asunto rápidamente.  Le conviene utilizar todos estos recursos para llegar a una resolución.  Por ejemplo, el Tribunal ofrece a las partes, con hijos, una mediación gratuita con el personal del tribunal para intentar resolver los problemas de custodia y tiempo de crianza.  Como se trata de un programa gratuito, le conviene tomar en serio esta oferta y hacer un verdadero esfuerzo para llegar a una resolución.  Lo mismo ocurre con la mediación posterior al panel de resolución anticipada.  Los mediadores que participan en este programa ofrecen dos (2) horas gratuitas.  Una vez más, dado el alto costo del divorcio, siempre es para su beneficio tomar ventaja de cualquier oferta de asistencia para llegar a una resolución.

Pregunta: ¿Cuánto tiempo se tarda en divorciarse en Massachusetts? Respuesta: Depende. Algunas parejas deciden divorciarse y tardan años en completar el proceso. Otras parejas quieren avanzar lo más rápido posible. A menudo, uno de los cónyuges tiene prisa, mientras que el otro quiere retrasar el proceso. No hay un plazo único que se adapte a todas las parejas, y la paciencia es realmente una virtud en este proceso. Es posible que el acuerdo más justo y sabio para ambas partes y sus hijos no sea el que hubieran alcanzado nada más empezar.

Nuestra pareja hipotética podría trabajar con un mediador, o podría utilizar la negociación de abogado a abogado, para llegar voluntariamente a un acuerdo de separación por escrito que se presentaría ante el Tribunal de Familia y Sucesiones como demandantes conjuntos. En las situaciones menos complicadas y más cooperativas, tendría sentido dejar pasar al menos tres meses desde la primera reunión hasta la firma del acuerdo, dadas las realidades prácticas de programar reuniones, recopilar información y revisar los borradores del acuerdo. Tres meses es un plazo agresivo para esta fase del proceso, pero es factible para la pareja adecuada. En general, cuanto más complicada sea la situación económica y más acalorado sea el conflicto entre las partes, más tiempo se necesitará para llegar a un acuerdo. Además, si hay hijos, especialmente si son menores, incluso en ausencia de una disputa parental importante, se necesitará tiempo para resolver las cuestiones relacionadas con los hijos.