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Demanda de pension alimenticia procedimiento

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Las cantidades pagadas a un cónyuge o ex-cónyuge en virtud de un instrumento de divorcio o separación (incluyendo una sentencia de divorcio, un decreto de manutención por separado, o un acuerdo de separación por escrito) puede ser la pensión alimenticia o los pagos de manutención por separado a efectos del impuesto federal. Algunas pensiones alimenticias o de separación son deducibles por el cónyuge pagador, y el cónyuge beneficiario debe incluirlas en sus ingresos (pensión alimenticia o de separación imponible).

Nota: No puede deducir los pagos de la pensión alimenticia o de la manutención por separado realizados en virtud de un acuerdo de divorcio o separación (1) ejecutado después de 2018, o (2) ejecutado antes de 2019 pero modificado posteriormente si la modificación establece expresamente la derogación de la deducción de los pagos de la pensión alimenticia se aplica a la modificación. La pensión alimenticia y los pagos de manutención por separado que reciba en virtud de dicho acuerdo no se incluyen en sus ingresos brutos.

Si pagó importes que se consideran imponibles por la pensión alimenticia o la manutención por separado, puede deducir de los ingresos el importe de la pensión alimenticia o la manutención por separado que pagó, independientemente de que detalle o no sus deducciones. Deduzca los pagos de la pensión alimenticia o de la manutención por separado en el formulario 1040, Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de EE.UU. o en el formulario 1040-SR, Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Mayores de EE.UU. (adjunte el Anexo 1 (formulario 1040), Ingresos adicionales y ajustes a los ingresosPDF). Deberá indicar el número de la seguridad social (SSN) o el número de identificación del contribuyente individual (ITIN) del cónyuge o ex cónyuge que recibe los pagos, de lo contrario su deducción podría ser rechazada y podría tener que pagar una multa de 50 dólares.

Los pagos de pensión alimenticia o de separación pagados a un cónyuge o ex cónyuge en virtud de un acuerdo de divorcio o de separación, como una sentencia de divorcio, una sentencia de manutención por separado o un acuerdo de separación por escrito, pueden ser una pensión alimenticia a efectos del impuesto federal.  Los pagos de pensión alimenticia o de separación son deducibles si el contribuyente es el cónyuge pagador.  Los cónyuges receptores deben incluir los pagos de pensión alimenticia o de separación en sus ingresos.

A partir del 1 de enero de 2019, los pagos de pensión alimenticia o de separación no son deducibles de los ingresos del cónyuge pagador, ni incluibles en los ingresos del cónyuge receptor, si se realizan en virtud de un acuerdo de divorcio o separación ejecutado después del 31 de diciembre de 2018.

En cambio, por lo general, las pensiones alimenticias o de separación son deducibles de los ingresos del cónyuge pagador e integrables en los ingresos del cónyuge receptor, si se realizan en virtud de un acuerdo de divorcio o separación ejecutado el 31 de diciembre de 2018 o antes, incluso si el acuerdo se modificó después del 31 de diciembre de 2018, siempre que la modificación no sea una de las descritas en el párrafo anterior.

Aunque la mujer trabaje y haya una diferencia sustancial entre su patrimonio y el de su marido, se le concederá una pensión alimenticia para que tenga el mismo nivel de vida que su marido.

La manutención o pensión alimenticia que el marido da a la mujer o viceversa, según la situación, es uno de los principales beneficios del divorcio. Puede ser cualquier cantidad fijada por el miembro de la pareja que solicita la manutención y aceptada por el otro cónyuge. La manutención es, en general, el dinero que el cónyuge que gana dinero da al cónyuge dependiente para mantenerlo después del divorcio. Ninguna ley impone que el marido tenga que dar una pensión alimenticia a la mujer, también puede ser al revés si es necesario. Los tribunales no interfieren en la pensión alimenticia fijada por la pareja de mutuo acuerdo y también dan a la pareja la libertad de abandonar el matrimonio sin la pensión alimenticia de mutuo acuerdo. Sin embargo, la valoración de la cuantía declarada por el cónyuge queda a discreción del tribunal.

En caso de que se impugne la pensión alimenticia, el tribunal interviene y asume la obligación de declarar el importe de la pensión alimenticia basándose en el examen de los parámetros del caso. La pensión alimenticia decidida por los cónyuges puede pagarse de forma mensual, anual o periódica según la decisión del tribunal teniendo en cuenta la petición del cónyuge mantenido.