Demanda juicio ordinario reclamacion de cantidad

Tribunal Superior de California

Para presentar un caso civil en el Tribunal de Causas Comunes, la cantidad por la que usted demanda no puede superar los $75,000 (a partir del 21 de octubre de 2019). Si la cantidad por la que está demandando es mayor a $75,000.00, debe presentar su caso en la Corte Superior. Si la cantidad que está demandando es de $15,000.00 o menos, puede presentar su caso en el Tribunal de Justicia de Paz o en el Tribunal de Causas Comunes. Puede que le resulte más fácil presentar la demanda en el Juzgado de Paz y puede recibir una fecha de juicio más temprana.

La “Demanda” es un documento que describe en declaraciones breves y claras, numeradas consecutivamente, la naturaleza del asunto. La declaración final debe indicar la cantidad de dinero que se pide. (Regla Civil 8 del Tribunal de Common Pleas).

Toda demanda debe ser entregada a la persona o personas a las que se está demandando. La oficina del sheriff de cada condado intentará entregar su demanda al demandado o demandados. Usted debe decirle al alguacil a quién debe notificar y dónde encontrar a esa persona. El documento que le da al Sheriff esta información se llama “Praecipe”.

Declaración Alford – Declaración del acusado que le permite afirmar su inocencia pero permite al tribunal sentenciar al acusado sin llevar a cabo un juicio. Esencialmente, el acusado está admitiendo que las pruebas son suficientes para demostrar su culpabilidad. Este tipo de declaración se hace a menudo con el fin de negociar un acuerdo con el fiscal para obtener cargos menores o una sentencia.

Apelación – Petición que se hace después de un juicio, solicitando a otro tribunal (normalmente el tribunal de apelación) que decida si el juicio se llevó a cabo correctamente. Hacer una petición de este tipo es “apelar” o “presentar una apelación”. Tanto el demandante como el demandado pueden apelar, y la parte que lo hace se llama apelante. Las apelaciones pueden hacerse por una variedad de razones, incluyendo un procedimiento inadecuado y pedir al tribunal que cambie su interpretación de la ley.

Quiebra – Se refiere a los estatutos y procedimientos judiciales que implican a personas o empresas que no pueden pagar sus deudas y buscan la ayuda del tribunal para empezar de nuevo. Bajo la protección del tribunal de bancarrota, los deudores pueden descargar sus deudas, quizás pagando una parte de cada una de ellas. Los jueces de quiebras presiden estos procedimientos.

Esto incluye las demandas que se han iniciado en nombre de los accionistas contra diversas empresas por conducta engañosa o equívoca y/o por incumplimiento de los requisitos de divulgación de información a la ASX. También pueden iniciarse demandas colectivas en nombre de inversores que han perdido dinero debido a la mala conducta o negligencia de empresas que actúan como fiduciarios o en otras funciones particulares en relación con inversiones financieras.

Es posible interponer demandas colectivas por las pérdidas financieras y económicas sufridas como consecuencia del incumplimiento de las leyes de protección del consumidor (que le protegen de estafas, productos inseguros y trato injusto por parte de las empresas), así como por los daños personales derivados de productos contaminados o defectuosos.

Se pueden presentar reclamaciones en nombre de los consumidores contra bancos u otras instituciones financieras, o para los consumidores que han sido persuadidos, a menudo mediante declaraciones falsas, para obtener productos o servicios financieros que no eran como se representaban o anunciaban.

Los propietarios de viviendas o empresas afectados por la contaminación medioambiental o los daños causados por catástrofes naturales que deberían haberse previsto y evitado pueden reclamar una indemnización por sus pérdidas en el marco de una acción colectiva, como las reclamaciones derivadas de inundaciones, incendios forestales, problemas de bioseguridad, contaminación del suelo, daños causados por la minería y contaminación medioambiental que afecta a los alimentos o al ganado.