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Division judicial de herencia costas

Derecho sucesorio alemán pflichtteil

1. La sucesión testamentaria. Al presentar una petición para iniciar un procedimiento de sucesión de un testamento, la tasa será la que se indica en la siguiente tabla, calculada inicialmente sobre el patrimonio bruto que pasa por el testamento tal como se indica en la petición; Sin embargo, en un procedimiento para la sucesión auxiliar de un testamento, la tasa se calculará únicamente sobre los bienes dentro del estado que se transmitan en virtud de dicho testamento y siempre que, en todos los casos, si el valor del patrimonio que se transmita se demuestre posteriormente mediante una declaración de impuestos presentada en virtud del artículo veintiséis* de la ley de impuestos, por un procedimiento en virtud de dicho artículo, por cualquier procedimiento en el tribunal de primera instancia que involucre dicha sucesión, o por los papeles o documentos relacionados con dicha sucesión que las reglas del tribunal puedan exigir que se presenten ante el tribunal, excede el valor originalmente establecido y sobre el cual se pagó la tasa, entonces se deberá pagar inmediatamente una tasa testamentaria adicional. Dicha tasa adicional será la diferencia entre la tasa basada en el valor indicado posteriormente y la tasa que se pagó inicialmente. En el caso de que el valor de la herencia que pasa, tal y como se ha demostrado posteriormente, sea inferior al valor originalmente declarado y sobre el que se pagó la tasa, se realizará un reembolso que será la diferencia entre la tasa inicialmente pagada y la tasa basada en el valor real posteriormente demostrado.

Con algunas excepciones, los Tratados permiten a Alemania gravar la herencia si el beneficiario o el difunto tienen domicilio fiscal en Alemania y, en virtud de la legislación de los Tratados, se evita la doble imposición compensando el impuesto extranjero con el alemán o viceversa.

Salvo algunas excepciones (por ejemplo, la ampliación de la obligación tributaria ilimitada para los ciudadanos alemanes), la imposición no depende de la nacionalidad del difunto o del beneficiario y los extranjeros tributan según las mismas normas que los ciudadanos alemanes.

El umbral del impuesto de sucesiones para el cónyuge superviviente es de 500.000 euros. Además, si los cónyuges estaban casados bajo el régimen patrimonial alemán de la comunidad de ganancias acumuladas (Zugewinngemeinschaft), el valor del derecho de compensación de ganancias acumuladas (Zugewinnausgleich) está exento de impuestos. Por último, se concede una exención fiscal adicional de hasta 256.000 euros al cónyuge si no tiene derecho a percibir una pensión exenta de impuestos en caso de fallecimiento del primer cónyuge.

Una donación y una herencia de la misma persona en un plazo de 10 años se agregan y el impuesto se (re)calcula sobre la base de la adquisición imponible agregada. Por lo tanto, si el difunto hizo una donación antes de su muerte a un futuro beneficiario en virtud de su testamento y fallece en un plazo no superior a 10 años, es posible que no se pueda aplicar la totalidad del impuesto de sucesiones.

Si el fallecido estaba manifiestamente más vinculado a otro estado o había optado por aplicar la ley de su nacionalidad o si la ley de su residencia habitual remite a la ley alemana (renvoi).

Según el derecho alemán, un testamento no queda automáticamente revocado (anulado) si el testador se casa después de haber hecho el testamento. Sin embargo, tras el fallecimiento del testador, el cónyuge omitido que impugne oportunamente el testamento recibe una parte igual a la parte intestada (gesetzlicher Erbteil), a menos que se demuestre que el testador habría hecho la disposición incluso si hubiera sabido que se casaría con su posterior esposa/marido.

Un testamento no se revoca automáticamente si el testador tiene un hijo que nace (o es adoptado) después de haber hecho el testamento. Si el hijo omitido impugna el testamento, recibe una parte igual a la parte intestada (gesetzlicher Erbteil), a menos que se demuestre que el testador habría hecho la disposición incluso si hubiera sabido que tendría un hijo después de hacer el testamento.