Divorcio separacion de bienes con hijos

Separación financiera

Esta página proporciona información básica sobre el divorcio y una visión general del proceso de divorcio en Nueva York. También puede querer leer sobre los recursos de divorcio disponibles en su condado. Tenga en cuenta que algunos condados pueden tener sus propios formularios e instrucciones de presentación. Para más información, por favor, póngase en contacto con el Tribunal Supremo del condado en el que reside antes de intentar presentar sus papeles de divorcio.

Aunque el Tribunal de Familia no puede concederle el divorcio, puede acudir a su Tribunal de Familia local para obtener ayuda con la manutención de los hijos, la custodia de los hijos, el régimen de visitas de los hijos, la manutención del cónyuge (también conocida como manutención del cónyuge) y la paternidad. Visite CourtHelp.org para obtener más información sobre cómo elegir el tribunal adecuado para su asunto particular.

– Después del matrimonio, cualquiera de los cónyuges se vuelve incurablemente loco durante cinco (5) años o más. El Tribunal puede exigir al cónyuge cuerdo que mantenga el matrimonio entre menores de 18 años, si el cónyuge menor de 18 años quiere la anulación. La anulación no se concederá si la persona menor de 18 años cohabitó libremente (tuvo relaciones sexuales) con el otro cónyuge después de cumplir los 18 años.

Un matrimonio puede disolverse si se ha roto (artículo 1565 (1), primera frase del Código Civil). Aquí se trata del estado actual del matrimonio y del pronóstico para el futuro. El legislador ha elaborado los siguientes supuestos de ruptura del matrimonio:

El cónyuge divorciado conserva el nombre de casado determinado por los cónyuges. Los cónyuges pueden, mediante declaración al registro de nacimientos, defunciones y matrimonios, reasumir su nombre de nacimiento o el nombre que tenían hasta la determinación del nombre de casado, o adjuntar su nombre de nacimiento o el nombre que tenían en el momento de la determinación del nombre de casado antes o después del nombre de casado (Artículo 1355(5) del Código Civil).

En principio, se aplica lo siguiente en virtud de los artículos 1568a y 1568b del Código Civil relativos al hogar común y a la división del ajuar doméstico tras el divorcio: el cónyuge más dependiente del uso del hogar o del ajuar doméstico puede exigir la cesión del hogar o del ajuar doméstico al otro cónyuge. A este respecto, deben tenerse en cuenta las circunstancias de ambos cónyuges y el interés superior de sus hijos.

No. Si usted está en una pareja doméstica registrada, usted presenta una solicitud para terminar su pareja. Use nuestro paquete de File for Divorce o la entrevista de Washington Forms Online. Los formularios y el procedimiento son los mismos para el divorcio y la pareja de hecho.

Usted todavía puede solicitar el divorcio y notificar a su cónyuge por medio de una publicación. Usted todavía puede pedir a la corte que termine su matrimonio, dividir cualquier propiedad y deudas localizadas en Washington, y (si Washington tiene jurisdicción sobre sus hijos) introducir un plan de crianza.  Utilice la notificación por correo certificado o por publicación.

La jurisdicción es complicada. Si tiene dudas sobre si Washington tiene jurisdicción sobre sus hijos, hable con un abogado lo antes posible. Si tiene bajos ingresos y vive fuera del condado de King, llame a CLEAR al 1-888-201-1014.

Debe esperar al menos 90 días después de presentar y notificar la petición antes de dictar órdenes definitivas. Si usted y su cónyuge llegan a un acuerdo, puede dictar las órdenes finales inmediatamente después del período de 90 días.  Los divorcios pueden durar más de 90 días si no se ponen de acuerdo. Si no pueden llegar a un acuerdo, su caso irá a juicio.