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La pension de viudedad es compatible con la de jubilacion

Sistema de pensiones irlandés

Cuando su cónyuge o pareja de hecho fallece, usted puede tener derecho a recibir algunas prestaciones del gobierno para evitar las dificultades económicas. Las prestaciones por duelo se conocían anteriormente como “pensión de viudedad”.

En 2001, la pensión de viudedad del Reino Unido fue sustituida por varias prestaciones por duelo, como la prestación por duelo, la ayuda por duelo y la ayuda por duelo. La prestación de viudedad está diseñada específicamente para quienes tienen hijos a su cargo.

Si su cónyuge o pareja de hecho falleció antes del 6 de abril de 2017, puede solicitar la prestación por duelo durante un máximo de 52 semanas a partir de la fecha de su fallecimiento. La cuantía que recibas dependerá de la edad que tuvieras al fallecer y del número de años de cotización a la Seguridad Social.

No es posible solicitar una pensión de viudedad para mayores de 65 años ni para menores de 45, pero en algunas circunstancias puede tener derecho a recibir una pensión estatal de viudedad adicional, basada en los ingresos de su difunto cónyuge o pareja civil.

Si su cónyuge o pareja de hecho falleció el 6 de abril de 2017 o después de esa fecha, es posible que pueda solicitar la ayuda por duelo si no tiene la edad de la pensión estatal. Para tener derecho a esta prestación, su pareja debe haber cotizado al menos 25 semanas a la Seguridad Social o haber sufrido un fallecimiento relacionado con el trabajo.

La pensión de viudedad es para los cónyuges. Lamentablemente, no podemos conceder ninguna pensión de este tipo si no se ha celebrado el matrimonio, ni siquiera en el caso de las parejas de hecho de larga duración. La pareja de hecho se equipara al matrimonio a estos efectos.

La pensión de viudedad asciende, por lo general, al 60 % de la pensión abonada antes del fallecimiento del afiliado o al 60 % de la pensión de invalidez o de jubilación que le hubiera correspondido. Tenga en cuenta las siguientes excepciones: Si el cónyuge supérstite tenía más de 20 años menos que el afiliado fallecido, la pensión de viudedad se reducirá en un 5% por cada año iniciado a partir de los 20 años de diferencia de edad, pero como máximo en un 50%. Sin embargo, después de al menos cinco años de matrimonio, se volverá a añadir el 5% de la pensión de viudedad a esta cuantía reducida por cada año adicional de matrimonio iniciado hasta alcanzar de nuevo la cuantía total. Es importante tener en cuenta que no se aplica ninguna reducción si el matrimonio ha tenido un hijo.

En el sistema estatal de pensiones, los asegurados pueden tener derecho a una pensión de supervivencia si cumplen determinados requisitos.¿En qué circunstancias tengo derecho a las prestaciones? Los viudos, viudas, huérfanos de padre y madre reciben pensiones de supervivencia.Requisitos para acceder a las mismasLas pensiones de supervivencia se conceden

si el fallecido ha cumplido el periodo de carencia (periodo mínimo de seguro) de cinco años de cotización y periodos equivalentes de cotización. El periodo de carencia puede cumplirse antes si el asegurado ha fallecido, por ejemplo, a causa de un accidente de trabajo o poco después de terminar la formación. La pareja debe haber estado casada durante al menos un año para que el cónyuge superviviente tenga derecho a una pensión.

La pensión de semiorfandad se asigna cuando uno de los progenitores sigue vivo; la pensión de orfandad completa se asigna cuando ambos progenitores han fallecido.¿A qué tengo derecho y dónde puedo solicitar las prestaciones? Pensión de orfandad

Los semihuérfanos (uno de los progenitores fallecidos) perciben el 10 % y los huérfanos de padre y madre el 20 % de la pensión que habría percibido el progenitor o los progenitores fallecidos. Reciben un complemento de orfandad además de la pensión. Si el padre o la madre asegurados han fallecido antes de los 63 años, la pensión de orfandad se reduce hasta un 10,8 %.