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Plazo para aceptar la herencia en cataluña

Derecho sucesorio español

Heredar un piso o una casa en Cataluña implica una ganancia económica. Por ello, los herederos están obligados a pagar el Impuesto de Sucesiones y el Impuesto sobre el Incremento de la Naturaleza Urbana (también conocido como plusvalía municipal). En este post te explicaremos cómo funciona el impuesto y cuáles son las reducciones y bonificaciones más relevantes de las que puedes aprovecharte en caso de que estés a punto de heredar un piso en Cataluña.

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un impuesto regulado por el Estado español y que se exige en todo el territorio nacional. Es un impuesto progresivo que grava la transmisión de bienes y derechos entre personas físicas. Es un impuesto en el que no hay un porcentaje impositivo fijo, sino que cuanto más se hereda, más se paga.

El principio general es que el Estado grava el aumento de la riqueza de las personas. Con el impuesto de sucesiones se pretende gravar los beneficios obtenidos por usted (persona física) a título gratuito y como consecuencia de un fallecimiento. En cambio, en el caso de las donaciones, el objeto del impuesto es el incremento patrimonial entre vivos, obtenido por las personas físicas a título gratuito.

“El impuesto sobre sucesiones y donaciones graba las adquisiciones realizadas por las personas físicas derivadas de cualquiera de los diferentes títulos hereditarios reconocidos por la normativa sobre sucesiones (Ley 10/2008, de 10 de julio, del libro cuarto del Código Civil de Cataluña sobre sucesiones), entre los que cabe destacar el de heredero, legatario, legatario, fiduciario, etc.”

Los sujetos pasivos del impuesto son los usufructuarios, es decir, quienes hayan recibido algún bien o derecho en la herencia por alguno de los títulos hereditarios regulados en la normativa.

El plazo para declarar la adquisición es de 6 meses desde la fecha del fallecimiento. Durante los primeros 5 meses desde la fecha del fallecimiento, se puede solicitar una prórroga del plazo por otros 6 meses. En este caso, hay que pagar intereses por los días de prórroga.

Junto con la declaración y la autoliquidación de impuestos, hay que presentar el original y una copia del documento notarial, judicial o privado que confirma la aceptación de la herencia. Además, hay que presentar los siguientes documentos (originales y copias), salvo que se haya levantado acta notarial en el documento público relativo a la operación que se autoliquida, o se haya presentado en una autoliquidación anterior

2. La reducción de 275.000 euros relativa a las adquisiciones por fallecimiento de personas físicas de 75 o más años se limita a las personas físicas que pertenecen al Grupo II (descendientes de 21 o más años, cónyuges y ascendientes).

3. Se deroga la reducción adicional donde antes era aplicable para los contribuyentes de los Grupos I y II para las adquisiciones por causa de muerte, así como este tipo de adquisiciones entre miembros convivientes que reduzcan el exceso de su base imponible en un 50% tras aplicar las reducciones a las que tenían derecho.

4. La determinación del porcentaje de reducción de la cuota tributaria que podrán aplicar los ascendientes y descendientes dependerá de un tipo progresivo. Existen dos tipos progresivos: uno de aplicación general y otro en el que los porcentajes se reducen a la mitad y son aplicables cuando los contribuyentes optan por aplicar la reducción por adquisición de la empresa familiar por causa de muerte.

La reducción para las adquisiciones de bienes y derechos afectos a una actividad económica; participaciones en entidades; acciones de personas con vinculación laboral; determinados bienes inmuebles rústicos dedicados a un fin forestal; bienes afectos a la explotación agraria del titular de los derechos; bienes del patrimonio cultural; y bienes del patrimonio natural.