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Que pasa si renuncio a una herencia

Renuncia a la herencia

Antes de aceptar una herencia, los herederos tienen que considerar si deben aceptar la herencia o no. Si temen que el patrimonio del fallecido contenga más deudas, tienen que considerar si aceptan la herencia a beneficio de inventario. Los herederos pueden optar por aceptar la herencia con el procedimiento de beneficio de inventario para evitar ser considerados responsables de las deudas del fallecido. Si no se toman las precauciones oportunas, los herederos podrían acabar respondiendo de las deudas dejadas por el causante.

La responsabilidad penal recae en el fallecido. Ningún heredero o pariente puede ser acusado de delitos penales supuestamente cometidos por el fallecido. Asimismo, ningún heredero o pariente puede ser castigado por delitos por los que el fallecido haya sido condenado.

Una vez que un heredero acepta una herencia, no puede renunciar a ella. La aceptación es irrevocable aunque el heredero descubra que la herencia contiene más deudas que patrimonio y que tendrá que hacer frente a esas deudas.

Los herederos que aceptan una herencia pueden solicitar al tribunal que anule la aceptación de la misma si resulta que fueron coaccionados para aceptar la herencia o fueron defraudados para hacerlo por otros. Aunque esto implicaría un procedimiento judicial que suele ser complicado, si tiene éxito, el resultado puede ser beneficioso para los que fueron defraudados o coaccionados para aceptar la herencia.

Desde el blog de AYCE LABORYTAX despejamos tus dudas, dándote toda la información para que conozcas todo lo necesario para asumir el papel de heredero,así como los diferentes momentos en los que poder renunciar a una herencia.

El impuesto de transmisiones patrimoniales es un impuesto estatal que grava a las comunidades autónomas, por lo que las obligaciones fiscales del contribuyente dependerán del grado de parentesco que tenga con el fallecido.

A continuación se detallan las fórmulas disponibles a partir de ese momento. No obstante, hay que tener en cuenta que la renuncia más sencilla a la herencia es la “repudiación”, y que no implica un favorecimiento a un tercero por parte del heredero.

De este modo, la situación cambia si se produce una renuncia a la herencia favoreciendo a terceros, ya que será como si el heredero inicial hubiera dispuesto de dichos bienes. Esta cesión de derechos será, ante la Agencia Tributaria, una donación, por lo que tributará como tal.

Hay que tener en cuenta que, para que la renuncia a la herencia sea efectiva, deberá hacerse de forma expresa y pública ante notario, o por vía judicial mediante escritura, sin que en ningún caso se admitan renuncias parciales.

Cuando un difunto fallezca testado o intestado y algunos de los herederos testados o intestados decidan renunciar a su derecho a la herencia, deberán cumplirse las disposiciones del artículo 2C(1) y (2) de la Ley de Testamentos 7 de 1953 o del artículo 1(6) y (7) de la Ley de Sucesiones Intestadas 81 de 1987, respectivamente.

(1) Si cualquier descendiente de un testador, excluyendo a un menor o a un descendiente con enfermedad mental, que, junto con el cónyuge superviviente del testador, tenga derecho a una prestación en virtud de un testamento, renuncia a su derecho a recibir dicha prestación, dicha prestación corresponderá al cónyuge superviviente.

(2) Si un descendiente del testador, ya sea como miembro de una clase o de otra manera, hubiera tenido derecho a una prestación en términos de las disposiciones de un testamento si hubiera estado vivo en el momento del fallecimiento del testador, o no hubiera sido inhabilitado para heredar, o no hubiera renunciado después del fallecimiento del testador a su derecho a recibir dicha prestación, los descendientes de dicho descendiente tendrán, a reserva de lo dispuesto en el apartado (1), derecho per stirpes a la prestación, salvo que el contexto del testamento indique lo contrario.”