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Que porcentaje hay que pagar a hacienda por una herencia

Impuesto de sucesiones alemán-estadounidense

La fiscalidad de las herencias en Alemania está codificada en la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Erbschafts- und Schenkungsteuergesetz) – en adelante ErbSt. Además, se aplican otras leyes fiscales alemanas, como el Código Fiscal General alemán (Abgabenordnung) – en adelante AO – y la Ley de Valoración (Bewertungsgesetz) – en adelante BewG.

Nota: Alemania tiene tratados fiscales con EE.UU. (Tratado sobre el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones entre Alemania y EE.UU.), Grecia, Francia, Suecia, Dinamarca y Suiza, que pueden impedir que Alemania aplique el impuesto sobre sucesiones.

Alemania no aplica un impuesto sobre el patrimonio (Nachlasssteuer), sino un impuesto sobre las herencias (Erbschaftsteuer). A diferencia del impuesto sobre el patrimonio, el impuesto sobre sucesiones no grava el patrimonio en sí, sino que grava la adquisición (Erwerb) del beneficiario. Véase el artículo 1 de la ErbStG. En consecuencia, el beneficiario debe pagar el impuesto de sucesiones alemán sobre todas las transmisiones recibidas. Véase el artículo 20 de la ErbStG.

Alemania cuenta con un sistema unificado de impuestos sobre sucesiones y donaciones: Las transmisiones gratuitas por causa de muerte o inter vivos, en particular una donación (Schenkung) entre las mismas personas en un plazo de 10 años, se agregan y el impuesto se (re)calcula en función de la adquisición imponible agregada. Véase el artículo 14 de la ErbStG.

Con algunas excepciones, los Tratados permiten a Alemania gravar la herencia si el beneficiario o el difunto tienen un domicilio fiscal en Alemania y, en virtud de la legislación del Tratado, se evita la doble imposición compensando el impuesto extranjero con el alemán o viceversa.

Salvo algunas excepciones (por ejemplo, la ampliación de la obligación tributaria ilimitada para los ciudadanos alemanes), la imposición no depende de la nacionalidad del difunto o del beneficiario y los extranjeros tributan según las mismas normas que los ciudadanos alemanes.

El umbral del impuesto de sucesiones para el cónyuge superviviente es de 500.000 euros. Además, si los cónyuges estaban casados bajo el régimen patrimonial alemán de la comunidad de ganancias acumuladas (Zugewinngemeinschaft), el valor del derecho de compensación de ganancias acumuladas (Zugewinnausgleich) está exento de impuestos. Por último, se concede una exención fiscal adicional de hasta 256.000 euros al cónyuge si no tiene derecho a percibir una pensión exenta de impuestos en caso de fallecimiento del primer cónyuge.

Una donación y una herencia de la misma persona en un plazo de 10 años se agregan y el impuesto se (re)calcula sobre la base de la adquisición imponible agregada. Por lo tanto, si el difunto hizo una donación antes de su muerte a un futuro beneficiario en virtud de su testamento y fallece en un plazo no superior a 10 años, es posible que no se pueda aplicar la totalidad del impuesto de sucesiones.

Con algunas excepciones, los Tratados permiten a Alemania gravar la herencia si el beneficiario o el difunto tienen un domicilio fiscal en Alemania y, en virtud de la legislación del Tratado, se evita la doble imposición compensando el impuesto extranjero con el alemán o viceversa.

Salvo algunas excepciones (por ejemplo, la ampliación de la obligación tributaria ilimitada para los ciudadanos alemanes), la imposición no depende de la nacionalidad del difunto o del beneficiario y los extranjeros tributan según las mismas normas que los ciudadanos alemanes.

El umbral del impuesto de sucesiones para el cónyuge superviviente es de 500.000 euros. Además, si los cónyuges estaban casados bajo el régimen patrimonial alemán de la comunidad de ganancias acumuladas (Zugewinngemeinschaft), el valor del derecho de compensación de ganancias acumuladas (Zugewinnausgleich) está exento de impuestos. Por último, se concede una exención fiscal adicional de hasta 256.000 euros al cónyuge si no tiene derecho a percibir una pensión exenta de impuestos en caso de fallecimiento del primer cónyuge.

Una donación y una herencia de la misma persona en un plazo de 10 años se agregan y el impuesto se (re)calcula sobre la base de la adquisición imponible agregada. Por lo tanto, si el difunto hizo una donación antes de su muerte a un futuro beneficiario en virtud de su testamento y fallece en un plazo no superior a 10 años, es posible que no se pueda aplicar la totalidad del impuesto de sucesiones.