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Reclamar pensión de alimentos hijo 27 años

¿Puedo recuperar la manutención de mis hijos si nunca la he solicitado?

La manutención de los hijos está disponible a través del Servicio de Manutención de los Hijos (“CMS”) (formalmente Agencia de Manutención de los Hijos) para los hijos que tienen menos de 16 años, menos de 20 años y están estudiando a tiempo completo o menos de 20 años y viven con un progenitor que ha registrado la prestación por hijos a cargo. El CMS decidirá la cantidad que el progenitor pagador debe pagar al progenitor receptor. El CMS también puede encargarse de que el progenitor pagador pague y transfiera los pagos al progenitor receptor (esto conlleva costes adicionales).

Existe la idea errónea de que un progenitor sólo puede reclamar una pensión alimenticia hasta que el niño cumpla los 18 años. Sin embargo, existen dos formas de reclamar la pensión alimenticia para un hijo mayor de 18 años, ya sea a través del tribunal (solicitando una orden judicial para pagos periódicos) o a través del CMS.

En los pocos casos en los que el tribunal es competente para dictar una orden de pagos periódicos a favor de un niño, la orden suele terminar cuando el niño cumple 17 años, a menos que sea en el interés superior del niño que continúe hasta que cumpla 18 años. Sin embargo, la pensión alimenticia puede continuar después de que el menor cumpla 18 años sólo si se dan las siguientes circunstancias previstas en el artículo 29(3) de la Ley de Causas Matrimoniales de 1973

La manutención de los hijos se refiere a los pagos ordenados por el tribunal, destinados a ayudar en las responsabilidades financieras de la crianza de un niño. Estos pagos los realiza un progenitor divorciado al otro, generalmente el que tiene la custodia. Cada estado tiene sus propias leyes relativas a la manutención de los hijos, así como la forma de calcular la cantidad que debe pagarse cada mes.

Por lo general, un hijo adulto no puede presentar una demanda contra su padre por impago de la manutención. Sin embargo, hay otras formas en las que un hijo adulto puede demandar por pagos atrasados. Más adelante se hablará de ellas.

Un hijo adulto puede demandar a su progenitor por la manutención atrasada, si el hijo adulto es el albacea o representante designado de la herencia de su progenitor custodio. La manutención de los hijos en mora, o manutención retroactiva, significa simplemente que el padre pagador no ha realizado los pagos de la manutención de los hijos y, como resultado, debe la manutención de los hijos en mora.

En pocas palabras, la manutención infantil en mora puede ser asignada o no asignada. La manutención infantil atrasada asignada significa que los pagos atrasados deben ser pagados al estado. Esto se considera una forma de reembolso para cuando el estado pagó por cualquiera de los pagos de manutención infantil que faltan, debido a que el niño requirió estos pagos para su supervivencia diaria.

La mayoría de los estados dan por terminada la obligación de manutención de los hijos cuando éstos alcanzan la mayoría de edad o se gradúan de la escuela secundaria. Otros estados prorrogan los pagos de la manutención hasta que el hijo cumpla 21 años o incluso más en el caso de los hijos adultos matriculados en una institución postsecundaria o de los hijos adultos con discapacidades.

Muchos estados tienen leyes o jurisprudencia que permiten ordenar la manutención universitaria, ya sea por orden judicial o por acuerdo voluntario de todas las partes. La manutención universitaria puede ser adicional a la manutención de los hijos, parte de la manutención de los hijos o una orden separada después de que la manutención regular de los hijos termine. En todos los estados, los padres tienen la opción de incluir la educación universitaria en su acuerdo de manutención.

En los casos en los que un hijo está discapacitado mental o físicamente y no puede mantenerse por sí mismo al alcanzar la mayoría de edad, la mayoría de los estados exigen que los padres mantengan a sus hijos adultos discapacitados. Los tribunales suelen definir la “discapacidad” en términos económicos como la incapacidad de cuidar adecuadamente de sí mismo ganándose la vida. Los estados difieren en cuanto a si la manutención de un hijo adulto discapacitado se determina por las directrices estatales de manutención de los hijos o por las necesidades del hijo en función de la capacidad de los padres para proporcionar la manutención.