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Se puede ceder la patria potestad voluntariamente

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En la mayoría de los condados, el DFPS solicita la terminación de la patria potestad como una alternativa en la petición original presentada en el momento de la remoción. Esto pone a los padres sobre aviso desde el principio del caso que si los problemas que conducen a la remoción no se resuelven, el DFPS puede pedir al tribunal que termine los derechos de los padres.

En última instancia, si el desempeño de los padres en el establecimiento de un hogar seguro para el niño es inadecuado, el DFPS puede considerar pedir al tribunal que fije una audiencia final en la que el DFPS busque la terminación de la patria potestad.

El mismo día en que el tribunal emite una orden de terminación de la relación padre-hijo en una demanda presentada por el DFPS o la SSCC, el DFPS o la SSCC deben utilizar el formulario 2136 Carta de notificación a los familiares de la terminación para notificar a ciertos familiares del niño (ver A quién notificar, más abajo en esta sección) sobre lo siguiente

El DFPS no acepta renuncias voluntarias a la patria potestad como medio para que los niños entren en la tutela del DFPS. Para que un niño entre en la tutela del DFPS, el DFPS debe determinar que hay motivos para retirar al niño.

(2) que el progenitor se ha negado o ha descuidado de forma sustancial, continua o repetida el cumplimiento de los deberes impuestos a ese progenitor por la relación padre-hijo, incluyendo, pero sin limitarse a ello, la provisión al niño de los alimentos, el vestido, la vivienda, la educación y otros cuidados y controles necesarios para la salud y el desarrollo físico, mental o emocional del niño, si el progenitor es física y económicamente capaz, y los esfuerzos razonables de la agencia de servicios sociales no han logrado corregir las condiciones que constituyeron la base de la petición o los esfuerzos razonables serían inútiles y, por lo tanto, irrazonables;

(3) que se haya ordenado a uno de los progenitores que contribuya a la manutención del niño o que ayude económicamente a su nacimiento y que haya dejado de hacerlo de forma continuada y sin causa justificada. Esta cláusula no se interpretará como un motivo para la extinción de la patria potestad de un progenitor que no tenga la custodia si no se le ha ordenado o no puede contribuir económicamente a la manutención del menor o ayudar a su nacimiento;

Una nueva ley de Oklahoma aprobada en 2014 permite ahora a los padres firmar acuerdos voluntarios que transfieren la custodia de un hijo a otra persona. La delegación no judicial de la custodia paterna por poder puede durar tan solo 24 horas o hasta un año.

El patrocinador de la HB 2536, el representante Jason Nelson, de Oklahoma City, dijo a los legisladores que el proyecto de ley está dirigido a los padres en crisis que se quedan sin hogar o que tienen problemas médicos. “Estas son las familias que son investigados a través de las iglesias, a través de organizaciones sin fines de lucro que se llevará a sus hijos, usted les da el poder de abogado”, dijo Nelson dijo a los legisladores que votaron por unanimidad para aprobar la nueva ley.

En los programas modelo que el representante Nelson mencionó a la legislatura, las iglesias o los grupos sin ánimo de lucro verifican que las familias de acogida proporcionen entornos seguros. La nueva ley, sin embargo, no requiere que los padres delegados sean investigados.

En algunos casos -especialmente cuando los padres están divorciados- la nueva ley plantea dudas sobre quién tendrá la custodia. Pensemos en una circunstancia en la que un tribunal haya concedido la custodia a uno de los padres, en contra de la preferencia de otro padre cualificado, y luego el padre custodio delegue la custodia en otra persona.