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Separacion de poderes constitucion española

Constitución alemana

Clasificada como una monarquía constitucional democrática, también conocida como monarquía parlamentaria, España tiene un Presidente del Gobierno elegido democráticamente. El Primer Ministro es el jefe del Gobierno español. El monarca gobernante actúa como jefe de Estado ceremonial.

Tras el fin del régimen militar y la dictadura del general Francisco Franco en 1975, el gobierno español pasó al sistema político actual. Este periodo duró de 1975 a 1978 y se conoce como La Transición. Franco nombró a Juan Carlos de Borbón como sucesor de la monarquía, de la que había sido regente de facto.

El monarca que gobierna es el Rey Felipe VI. Llegó al trono en 2014 tras la abdicación de su padre Juan Carlos I. En junio de 2018, Pedro Sánchez, del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), se convirtió en el jefe del Gobierno de España.

La Constitución española, promulgada en 1978, perfila la separación de poderes en tres ramas: ejecutivo, legislativo y judicial.  La Constitución española también defiende los valores de libertad, justicia e igualdad, entre otros muchos pilares.

Con motivo de la celebración del 40 aniversario de la ratificación de la Constitución Española de 1978, el 6 de diciembre de 2018, la Biblioteca Virtual del Patrimonio Bibliográfico se complace en presentar su colección Constitucionalismo Español, compuesta por constituciones españolas y extranjeras y otras obras de temática constitucionalista.

La colección está formada por 113 obras que incluyen la Carta Magna española, proyectos y propuestas de constitución, iniciativas parlamentarias, libros de Historia y de Derecho Constitucional y Militar, ensayos, discursos y conferencias, anuncios, noticias, fotografías, etc. El grueso de la colección (93 obras) procede de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, pero también hay obras de las universidades de La Laguna (12) y Navarra (10), la Fundación Sancho el Sabio (1) y la Fundación para la Etnografía y el Desarrollo de la Artesanía Canaria (1)

Los textos de constituciones extranjeras de la colección han sido publicados en España, y contienen cartas de países europeos y americanos, incluyendo textos tanto de países que aún existen como de países desaparecidos, como Prusia.

Extensión territorial Imperio españolAprobada19 de marzo de 1812Aprobada12 de marzo de 1812Firmada porPresidente de las Cortes de Cádiz174 diputados4 secretariosEn vigor19 de marzo de 1812 (primera vez)1 de enero de 1820 (segunda vez, de facto)1836 (tercera vez, de facto)Derogada4 de mayo de 1814 (primera vez)Abril de 1823 (segunda vez)18 de junio de 1837 (tercera vez)

Cuando el rey Fernando VII volvió al poder en 1814, disolvió las Cortes y derogó la Constitución, restableciendo la monarquía absoluta. La constitución fue restablecida durante el Trienio Liberal (1820-1823) y de nuevo en 1836-1837 mientras los progresistas preparaban la Constitución de 1837. Fue un importante modelo para las constituciones posteriores en España y en Hispanoamérica[5].

Hasta la invasión napoleónica de España en 1808, Fernando VII gobernó como monarca absoluto. Napoleón forzó la abdicación de Fernando, así como la renuncia a los derechos de su padre Carlos IV, y luego colocó a su hermano José Bonaparte en el trono de España.

Buscando crear legitimidad para José I de España, Napoleón convocó a las Cortes, cuyos delegados había seleccionado, para proclamar a José como monarca legítimo. Las Cortes aprobaron entonces la Constitución de Bayona al estilo francés y convocaron unas Cortes con 172 miembros, de los cuales 62 debían ser de Hispanoamérica. Debía haber un Consejo de Estado con una sección para Las Indias, nombre que España seguía utilizando para designar a Hispanoamérica y Filipinas, que estarían bajo el control de españoles nacidos en América y en Filipinas[6] A pesar de estos intentos formales de legitimar el gobierno de José Bonaparte mediante el consentimiento de las Cortes, fue rechazado por los españoles de la península y de Hispanoamérica y Filipinas. Tuvo gran importancia, ya que “desencadenó un proceso que condujo al colapso del imperio español”. El régimen napoleónico en Madrid forzó dos cuestiones: la relativa libertad de las colonias para seguir sus propios asuntos, y los derechos de representación en las asambleas imperiales”[7].