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Si estoy divorciada tengo derecho a pension de viudedad

Qué es la pensión de viudedad de la Seguridad Social

A través de nuestro servicio de correo electrónico [email protected], recibimos con frecuencia cartas de viudas o de parejas divorciadas que están preocupadas por su derecho a la pensión de la Seguridad Social y por los cambios que se producen como consecuencia del fallecimiento o del divorcio. A continuación se muestran algunas cartas recientes que hemos recibido. Se trata de preguntas comunes que nuestra oficina recibe con regularidad. Esperamos que las respuestas le resulten útiles.

Mi esposo fallecido sirvió en la Guerra de Corea pero no estuvo en combate y, de hecho, nunca fue a Corea. En la oficina local de la Administración de Veteranos me han dicho que, como mi marido no se lesionó durante el servicio, no tengo derecho a ninguna prestación. Sin embargo, un amigo me dijo que, como cónyuge superviviente de un veterano de guerra, podría tener derecho a una pensión de veterano. Mi amigo me sugirió que me pusiera en contacto con ustedes. Entonces, ¿tengo derecho a una pensión de veterano aunque mi marido haya fallecido?

Existe la posibilidad de que tenga derecho a una pensión. Los criterios para la pensión de veterano insisten en que debe haber servido durante un periodo de guerra que cumpla los requisitos. Una lesión relacionada con el servicio no es un requisito para tener derecho a la pensión del VA, ya que ese requisito sólo se aplica a la indemnización por discapacidad, también conocida como DIC. A continuación se enumeran los criterios de calificación:

Al igual que planifica la protección de su familia en caso de que usted fallezca, debe tener en cuenta las prestaciones de la Seguridad Social a las que puede acceder si es usted el superviviente, es decir, el cónyuge, hijo o padre de un trabajador que fallece. Esa persona debe haber trabajado el tiempo suficiente en la Seguridad Social para tener derecho a las prestaciones.

Un trabajador puede obtener hasta cuatro créditos cada año. En 2022, por ejemplo, su cónyuge puede obtener un crédito por cada 1.510 dólares de salario o ingresos por cuenta propia. Cuando su cónyuge haya ganado 6.040 dólares, habrá obtenido sus cuatro créditos del año.

El número de créditos necesarios para proporcionar prestaciones a los supervivientes depende de la edad del trabajador cuando fallece. Nadie necesita más de 40 créditos (10 años de trabajo) para tener derecho a cualquier prestación de la Seguridad Social. Sin embargo, cuanto más joven es una persona, menos créditos debe tener para que sus familiares reciban las prestaciones de supervivencia.

Algunos supervivientes pueden recibir prestaciones si el trabajador tiene créditos por un año y medio de trabajo (seis créditos) en los tres años inmediatamente anteriores a su fallecimiento. La situación de cada persona es diferente y debe hablar con uno de nuestros representantes de reclamaciones sobre sus opciones.

El derecho a la pensión de viudedad se produce el día de la muerte del marido, que es el día de su fallecimiento que figura en el certificado de defunción o que es el día que figura como día de la muerte (o el día en que no sobrevivió una persona desaparecida) en una sentencia judicial legal sobre un marido que figura como fallecido.

A partir del 1 de enero de 2016, también tienen derecho a la pensión de viudedad algunas viudas cuyo derecho a la pensión de viudedad cesó según la legislación vigente antes del 1 de enero de 2004, a condición de que cumplan los siguientes criterios:

Tienen derecho a la pensión de viudedad según la legislación vigente a partir del 1 de enero de 2016 no son mujeres divorciadas ni compañeras cuyo derecho a la pensión de viudedad y su desembolso cesó en el pasado.

El derecho al pago de la pensión de viudedad durará un periodo de un año tras el fallecimiento del marido. Tras la expiración de dicho periodo de un año, el derecho al pago sólo durará si la viuda cumple al menos una de las siguientes condiciones: