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Delito leve de amenazas jurisprudencia

Ejemplos de amenazas penales

Somos Dorado & Dorado, APLC, un equipo dedicado de abogados privados de defensa penal con experiencia, incluyendo abogados litigantes ganadores, que han manejado con éxito cientos de casos de amenazas penales por delitos menores y graves en todos los tribunales penales de los condados de San Bernardino y Riverside.

Nota: “Familia inmediata” significa cualquier cónyuge, ya sea por matrimonio o no, padre, hijo, cualquier persona relacionada por consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado, o cualquier otra persona que reside regularmente en el hogar, o que, dentro de los seis meses anteriores, residió regularmente en el hogar (PC 422(b)).

Tenga en cuenta que la amenaza en sí no tiene que ser comunicada verbalmente (PC 422(c), y la persona que amenaza a otra persona no tiene que tener la intención de llevar a cabo la amenaza comunicada, para que el delito se complete (PC 422(a)).

Por ejemplo, si la acusada tiene la intención de asustar a su marido con la amenaza de muerte, pero la esposa no tiene realmente la intención de matar a su marido (sólo de asustarlo), la esposa podría ser acusada de amenaza criminal bajo el Código Penal 422(a) (Suponiendo que se cumplan todos los demás elementos de la acusación criminal, véase PC 422(a) Elementos más abajo).

Pero, ¿qué ocurre si dices que vas a matar o hacer daño a otra persona? En California, eso podría caer bajo el estatuto de Amenazas Criminales del estado (422 PC). Esto también se conoce a veces como “amenazas terroristas”.

La ley del estado de California se toma muy en serio las amenazas criminales. Las penas dependen de los hechos del caso, pero pueden llegar a ser de hasta cuatro años de prisión estatal. Una condena por delito grave es también un “strike” bajo la ley de tres strikes de California, lo que significa que debe cumplir el 85 por ciento de su sentencia antes de ser elegible para la liberación.

¿Qué es exactamente “gran daño corporal”? Eso varía según el caso. En general, sin embargo, es una lesión sufrida por alguien que una persona normal no consideraría menor o moderada. Puede ser cualquier cosa, desde una mordedura de perro grave hasta un hueso roto, una herida de bala o una laceración grave, o una contusión severa.

Ejemplo: Tom y Rick tienen un altercado verbal en un bar y Tom le dice a Rick: “Estás a punto de recibir un puñetazo”. La simple amenaza de golpear a Rick probablemente no es un caso de amenaza de “gran daño corporal”.

La cuestión era si el gesto de la mano del acusado, no acompañado de palabras o sonido, se consideraba una “declaración verbal” según el Código Penal 422 de Cal. Código Penal 422. El artículo 422 tipifica como delito la amenaza de infligir grandes daños corporales o la muerte a otra persona “con la intención específica de que la declaración, hecha verbalmente, por escrito o por medio de un dispositivo de comunicación electrónica, se tome como una amenaza….”. El tribunal de primera instancia desestimó las alegaciones de amenaza criminal contra el acusado, concluyendo que los gestos con la mano no podían constituir amenazas criminales según la definición del artículo 422. El tribunal de apelación revocó la desestimación. El Tribunal Supremo revocó la sentencia, sosteniendo que (1) una amenaza hecha a través de una conducta no verbal queda fuera del ámbito de la sección 422; y (2) la conducta del acusado no constituía una comunicación verbal simplemente porque tuviera la intención de transmitir una idea a través de su conducta.