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Delito tenencia ilicita de armas

Elementos de posesión ilegal de armas de fuego

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Otras leyes exigen la prueba de la intención específica de cometer un acto delictivo por parte del acusado, lo que hace que el Estado tenga que presentar pruebas de que el arma se poseía con algún propósito ilícito (como un intento de homicidio, robo o asalto). Las circunstancias en las que las fuerzas del orden descubren el arma suelen desempeñar un papel importante en este sentido.

Por lo general, el personal militar que desempeña activamente sus funciones está exento de casi cualquier restricción que no sea la política interna y los tratados internacionales. Sin embargo, a menudo se les restringe la posesión de sus armas cuando no están de servicio.

La policía suele estar autorizada a poseer legalmente cierto armamento por encima de lo que se permite a la población, aunque esto varía según el país y la jurisdicción[2] En algunas naciones la policía puede llevarse su armamento a casa cuando no está de servicio, mientras que en otras se les exige que lo dejen todo (o parte) guardado en su comisaría. Algunas jurisdicciones cuentan con unidades paramilitares especiales (como SWAT o AFO) que llevan ametralladoras, explosivos u otras armas militares, aunque la mayoría de las veces deben guardarse en la sede de la unidad[3].

Sección 10. (a) Quien, salvo lo dispuesto o eximido por la ley, tenga en su poder a sabiendas; o tenga bajo su control a sabiendas en un vehículo; un arma de fuego, cargada o descargada, tal como se define en la sección ciento veintiuno del capítulo ciento cuarenta sin

(5) haber cumplido, en lo que respecta a la posesión de una carabina de aire comprimido o una pistola de aire comprimido, con los requisitos impuestos por la sección doce B; y quien, a sabiendas, tenga en su posesión; o, a sabiendas, tenga bajo su control en un vehículo; un rifle o una escopeta, cargada o descargada, sin que:

(6) haya cumplido, en lo que respecta a la posesión de un rifle de aire comprimido o una pistola de aire comprimido, con los requisitos impuestos por la sección doce B; será castigado con una pena de prisión en la prisión estatal de no menos de dos años y medio ni más de cinco años, o de no menos de 18 meses ni más de dos años y medio en una cárcel o casa de corrección. La sentencia impuesta a dicha persona no se reducirá a menos de 18 meses, ni se suspenderá, ni ninguna persona condenada en virtud de esta subsección podrá optar a la libertad condicional, la libertad de trabajo o el permiso, ni recibirá ninguna deducción de su sentencia por buena conducta hasta que haya cumplido 18 meses de dicha sentencia; siempre y cuando el comisionado de corrección pueda, por recomendación del alcaide, el superintendente u otra persona a cargo de una institución correccional, conceder a un delincuente comprometido en virtud de esta subsección una libertad temporal bajo la custodia de un funcionario de dicha institución únicamente para los siguientes fines asistir al funeral de un pariente; visitar a un pariente gravemente enfermo; u obtener un servicio médico o psiquiátrico de emergencia que no esté disponible en dicha institución. Los procesos iniciados en virtud de esta subsección no se continuarán sin una conclusión ni se archivarán.

(a) Los accesorios se refieren a las partes de un arma de fuego que pueden mejorar o aumentar la eficiencia operativa o la precisión de un arma de fuego, pero no constituirán ninguna de las partes internas mayores o menores de la misma, tales como, pero no limitadas a, la mira láser, la mira telescópica y el supresor de sonido o silenciador.

(c) Arma de fuego antigua se refiere a cualquier: (1) arma de fuego fabricada al menos setenta y cinco (75) años antes de la fecha actual, pero sin incluir las réplicas; (2) arma de fuego certificada por el Museo Nacional de Filipinas como curiosidad o reliquia de interés museístico; y (3) cualquier otra arma de fuego que obtenga una parte sustancial de su valor monetario por el hecho de ser novedosa, rara, extraña o por su asociación con algún personaje, periodo o acontecimiento histórico.

(d) El contrabando de armas se refiere a la importación, exportación, adquisición, venta, entrega, movimiento o transferencia de armas de fuego, sus partes y componentes y municiones, desde o a través del territorio de un país al de otro país que no ha sido autorizado de acuerdo con la legislación interna de uno o ambos países.