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Detencion por delito leve

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CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENALTÍTULO 1. CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENALCAPÍTULO 14. ARRESTO SIN GARANTÍAArtículo. 14.01. DELITO A LA VISTA. (a) Un oficial de paz o cualquier otra persona puede, sin orden judicial, arrestar a un delincuente cuando el delito se comete en su presencia o a la vista, si el delito está clasificado como delito grave o como delito contra la paz pública. (b) Un oficial de paz puede arrestar a un delincuente sin orden judicial por cualquier delito cometido en su presencia o a la vista.

Art. 14.02. A LA VISTA DEL MAGISTRADO. Un agente de la paz podrá arrestar, sin orden judicial, cuando se haya cometido un delito grave o contra la paz en presencia o a la vista de un magistrado, y éste ordene verbalmente el arresto del delincuente.

Art. 14.035. AUTORIDAD PARA LIBERAR EN LUGAR DE LA DETENCIÓN A CIERTAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL O DEL DESARROLLO. (a) Este artículo se aplica sólo a una persona con una discapacidad intelectual o de desarrollo que reside en uno de los siguientes tipos de instalaciones operadas bajo el hogar y el programa de exención de servicios basados en la comunidad de acuerdo con la Sección 1915 (c) de la Ley de Seguridad Social (42 U.S.C. Sección 1396n): (1) un hogar de grupo; o (2) un centro de atención intermedia para personas con una discapacidad intelectual o de desarrollo (ICF/IID) como se define por 40 T.A.C. Sección 9.153. (b) En lugar de arrestar a una persona descrita por la Subsección (a), un oficial de paz puede liberar a la persona en la residencia de la persona si el oficial:(1) cree que el confinamiento de la persona en una instalación correccional como se define en la Sección 1. (c) Un oficial de paz y la agencia o subdivisión política que emplea al oficial de paz no pueden ser considerados responsables por daños a personas o propiedades que resulten de las acciones de una persona liberada bajo la Subsección (b).

¿Todavía te persiguen las noches salvajes y temerarias de conducta desordenada durante tus años universitarios o sufres el peso de la humillación que conlleva la intoxicación en público? Si tiene una orden de arresto por un delito menor, lo más probable es que haya estado tratando desesperadamente de encontrar la mejor manera de manejar esta situación de su pasado.

Una orden de arresto por un delito menor es un documento sancionado por la corte que pide a los oficiales de la ley que lo arresten a usted, el acusado, de un acto criminal que puede no haber sido presenciado por un oficial de la ley. Una orden de arresto por un delito menor se emite si hay causa probable de que usted ha cometido un delito bajo el paraguas de cosas como las siguientes:

Las razones por las que este tipo de orden de arresto le ha seguido pueden variar, pero esencialmente, la parte acusadora cree que puede proporcionar una causa probable al tribunal. La buena noticia es que usted tiene opciones. Cuando hay una orden de arresto por un delito menor, asegúrese de consultar a un agente de fianzas con licencia de Freedom Bail Bonds para averiguar los próximos pasos en su caso único. El proceso para satisfacer la orden de arresto se llama “walk through” y en cuestión de unas pocas horas la amenaza de ser arrestado será una cosa del pasado.

En Indiana, para un delito menor, un oficial de la ley generalmente sólo puede hacer un arresto sin orden judicial por un crimen que se comete en la presencia del oficial.  Sin embargo, hay excepciones a esta regla, incluyendo la agresión doméstica y el robo.

puede actuar como oficial para el arresto de infractores de las leyes de este estado cuando la persona cree razonablemente que se ha cometido o está a punto de cometerse un delito grave o un intento de cometerlo en presencia de la persona.

Si usted necesita un abogado de expungement de Indiana, un abogado de defensa criminal de Indiana, o un abogado de confiscación, por favor llámeme para una consulta gratis al 317-695-7700. He defendido personalmente miles de casos, enseño derecho penal en la Facultad de Derecho de la Universidad de Indiana, soy un abogado de primera categoría y he practicado la defensa penal durante toda mi carrera. Información adicional sobre mi oficina está disponible en la página de inicio y en la página de noticias.