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Ley de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en extremadura

La igualdad de género en España

La directora del Instituto de la Mujer de Extremadura (IMEX), Elisa Barrientos, sostuvo el jueves que la perspectiva de género es “absolutamente necesaria en todas las políticas públicas” para combatir la violencia y la discriminación contra las mujeres y fomentar la igualdad.

Barrientos hizo estas declaraciones en la inauguración de la sesión “Una perspectiva de género para garantizar la igualdad”, un acto en el que se ha abordado la necesidad de integrar la perspectiva de género en todos los niveles de la sociedad para evitar la violencia y la discriminación que sufren las mujeres, así como para fomentar la igualdad de derechos y oportunidades.

Este acto ha tenido lugar en la Casa de la Mujer de Cáceres y ha sido organizado por la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste y la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AEXCID) en colaboración con el Instituto de la Mujer de Extremadura (IMEX), donde también ha participado el director de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste, Juan Carlos Moreno.

La violencia de género no es un problema que afecte al sector privado. Al contrario, se manifiesta como el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad. Es una violencia que se dirige a las mujeres por el hecho mismo de ser consideradas, por sus agresores, carentes de los mínimos derechos de libertad, respeto y capacidad de decisión.

Nuestra Constitución incorpora en su artículo 15 el derecho de todos a la vida y a la integridad física y moral, sin que en ningún caso puedan ser sometidos a torturas ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Además, continúa nuestra Carta Magna, estos derechos vinculan a todos los poderes públicos y sólo por ley se puede regular su ejercicio.

Las Naciones Unidas, en la IV Conferencia Mundial de 1995, reconocieron que la violencia contra la mujer es un obstáculo para alcanzar los objetivos de igualdad, desarrollo y paz y viola y socava el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales de las mujeres. También la define ampliamente como una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres. Existe ya una definición técnica del síndrome de la mujer maltratada, que consiste en “la agresión que sufren las mujeres como consecuencia de las condiciones socioculturales que actúan sobre el género masculino y femenino, situándolo en una posición de subordinación al hombre y que se manifiesta en los tres ámbitos básicos de la relación de la persona: el maltrato en las relaciones de pareja, la agresión sexual en la vida social y el acoso laboral. “

La Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres (3/2007) introdujo la igualdad de género como principio básico de la actuación pública, aplicable a las universidades y centros de investigación. La Ley obligó a las instituciones y empresas de más de 50 trabajadores a adoptar y aplicar planes de igualdad de género.

Ante la urgente necesidad de adoptar medidas para garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, el Gobierno aprobó el decreto RD 6/2019 en marzo de 2019. En octubre de 2020 se aprobaron dos decretos posteriores (RD 901/2020 y RD 902/2020). Estos tres decretos desarrollan y detallan conjuntamente aspectos de la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva (3/2007). El RD 6/2019 amplía la obligación de aprobar planes de igualdad a todas las empresas e instituciones de más de 50 trabajadores (antes >250 trabajadores). Refuerza los derechos de igualdad salarial por igual trabajo y de conciliación, y establece un permiso de parto igual (intransferible) para ambos progenitores.

El RD 902/2020, sobre igualdad salarial entre mujeres y hombres, establece mecanismos para identificar y corregir la discriminación en las remuneraciones. Obliga a todas las empresas a disponer de un registro salarial de todo el personal, incluido el directivo y el personal superior. Las empresas con un BPA deben incluir una auditoría salarial en su diagnóstico de género. Esa auditoría debe analizar si el sistema de retribución de la empresa, de forma transversal y completa, cumple con el principio de igualdad entre mujeres y hombres.